Interesante artículo sobre las cosas a tener en cuenta cuando se instala un vídeoportero o una cámara de CCTV en una comunidad de vecinos. Según la Ley se debería indicar con un cartel informativo.
¿Sería un videoportero un equipo capaz de realizar los tratamientos exigidos por la AEPD y con la finalidad exigida?
Con este sistema lo que pretendemos en definitiva es comprobar quién pretende acceder al domicilio o local donde se encuentre instalado, y como consecuencia de ello el titular decide si esta persona accede o no. Por lo tanto la finalidad podríamos encuadrarla como un tratamiento con fines de vigilancia y control de acceso a las instalaciones….